ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE FABRICANTES DE PAN.
La Seguridad Social nos informa y te obliga a elegir una Mutua para cubrir I.T y cese de actividad.
“De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, los trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos deberán formalizar la cobertura de la acción protectora por incapacidad temporal, contingencias profesionales y cese de actividad con una Mutua colaboradora con la Seguridad Social, que ha de ser la misma para toda la acción protectora indicada”.
Por ello debes indicarnos la Mutua que te interesa para dar cumplimiento a este requerimiento que debe ser antes del 1 de abril.